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Obligación y responsabilidad social

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En relación a la protección de las viviendas, la razón por la que no se instalan medios de protección de incendios se suele atribuir a la normativa vigente: no es retroactiva, por lo que no es obligatorio instalarlo en las viviendas que se construyeron antes de la entrada en vigor de la normativa. Este argumento es cierto, pero no hay que olvidar que la normativa de Seguridad contra Incendios es de carácter mínimo, por lo que cualquier medida que aumente el grado de seguridad de la sociedad (y respete lo dictado en la normativa) se puede aplicar.
Por otro lado, parece que no está claro cuál es la Administración competente para regular la protección del interior de las viviendas: ¿Ministerio de Fomento? ¿Ministerio de Industria? ¿Ministerio de Interior? ¿Administraciones Autonómicas o Locales? Es hora de que, de una vez por todas, se resuelva este problema que, sin duda, está afectando a algo tan importante como es la seguridad de la sociedad.
Estamos acostumbrados a recibir información sobre campañas de financiación de las Comunidades Autónomas destinadas a nuestra vivienda: instalaciones de ascensores, aislante para fachadas, detectores de presencia para el ahorro energético… ¿Nadie en estas Administraciones se ha planteado organizar una campaña para financiar la instalación de detectores autónomos de humos en las comunidades de vecinos?
Airfeu Obligación responsabilidad social
Es cierto que esta campaña sería algo diferente a las anteriores: los ascensores, las fachadas o los detectores de presencia para escaleras son instalaciones para las zonas comunes de los bloques de viviendas, mientras que los detectores estarían instalados en el interior de las viviendas. Esto implicaría que sería necesario que profesionales del sector explicaran a los vecinos la utilidad de estos medios específicos, cómo mantenerlos y cómo actuar en caso de incendio dentro y fuera de la vivienda.