El Comité de Instalación, mantenimiento e ingeniería de sistemas y equipos de TECNIFUEGO-AESPI ha editado un nuevo folleto explicativo donde se detalla que requisitos deben cumplir todos los instaladores y mantenedores de equipos y sistemas de seguridad contra incendios, según el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, RIPCI, aprobado por Real Decreto 513/2017.
En el folleto, aparecen las principales novedades y obligaciones que introduce el RIPCI y su Guía de Aplicación.
Se hace especial hincapié en las tareas de mantenimiento trimestral y semestral que puede ser realizado por personal especializado del fabricante, por una empresa mantenedora profesional y habilitada, o por el personal del usuario o titular de la instalación.
En este último caso, el folleto señala que “el personal que utilice el propio usuario, ha de tener especialización en PCI y estar debidamente preparado, porque el cuadro de mantenimiento trimestral / semestral implica operaciones complejas que no se pueden encargar a un operario no cualificado”.
Otro apartado interesante recogido es el de la Inspección: “Cuando la inspección de las instalaciones de PCI no esté regulada por reglamentación específica, los titulares deberán solicitar, al menos cada diez años, a un organismo de control acreditado OCA”.
Con la publicación de este nuevo folleto se quiere contribuir a la formación e información en materia de seguridad contra incendios, uno de los objetivos de la Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios, TECNIFUEGO-AESPI.
Descarga: http://www.tecnifuego-aespi.org/recursos/arxius/20180215_0303folleto_instalacionactiva.pdf