Elementos filtrados por fecha: Mayo 2024

El Código Técnico de la Edificación (CTE) es un conjunto de normativas que establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir los edificios en España.

Aunque inicialmente se aplicaba principalmente a obras de nueva construcción, desde la modificación introducida por la Ley 8/2013 de Rehabilitación, regeneración y renovación urbana, el CTE también se aplica a intervenciones en los edificios existentes. Esto incluye reformas, ampliaciones y cambios de uso.

La parte I del CTE en su redacción modificada por la Ley 8/2013 de Rehabilitación, regeneración y renovación urbana indica:

"el Código Técnico de la Edificación se aplicará también a intervenciones en los edificios existentes y su cumplimiento se justificará en el proyecto o en una memoria suscrita por técnico competente, junto a la solicitud de licencia o de autorización administrativa para las obras."

Cumplir con la normativa de Protección Contra Incendio en el contexto de reformas de edificios es crucial para garantizar la seguridad de las personas y las propiedades.

Según el artículo 2, el CTE se aplica no solo a obras de nueva construcción, sino también a intervenciones en edificios existentes. Estas intervenciones pueden incluir:

Ampliación: Aumento de la superficie o volumen construidos.
Reforma: Trabajos u obras en un edificio existente, excluyendo los que se lleven a cabo para el mantenimiento.
Cambio de uso.

Según los criterios generales de aplicación del CTE DB SI se debe considerar lo siguiente:

Cuando se lleven a cabo obras de reforma sin cambio de uso, se deberá aplicar el DB SI a los elementos afectados por la reforma, “siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad establecidas en este DB”. Salvo si “altera la ocupación o su distribución con respecto a los elementos de evacuación…”, en cuyo caso se deberán adecuar los elementos afectados por ello.

Se aplicará además este DB a las instalaciones de protección contra incendios, si la reforma afecta a los elementos constructivos que les sirvan de soporte.

En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en el DB SI.

Por ejemplo, una obra de reforma de un edificio de uso Administrativo en el que se modifique el uso de un local o zona determinado (despacho que pasa a ser un almacén, sala de reuniones que pasa a ser un comedor, etc.) no es una obra que suponga un cambio de uso, ya que el edificio sigue siendo de uso Administrativo.

No obstante, si las obras de reforma implican cambios en la ocupación o en la distribución con respecto a los elementos de evacuación, la aplicación del DB SI afectará también a los mismos. Si la reforma afecta a elementos constructivos que deban servir de soporte a las instalaciones de protección contra incendios, o a zonas por las que discurren sus componentes, dichas instalaciones deben adecuarse a los establecido en el DB SI.

Se debe tener en cuenta que si la reforma afectase a un cambio de uso de una o varias plantas del edificio se tendrían que adecuar las escaleras existentes al nuevo uso y esta adecuación deberá darse en la totalidad de la altura de la escalera.

Otro elemento importante contemplado en el del DB SI son los ascensores, ya que en edificios donde la altura exceda de los 28 m y en los cuales se vayan a realizar obras de reforma al menos uno de sus ascensores deberá cumplir con las condiciones de ascensor de emergencia.

Por último, hay que tener presente que la aplicación del CTE puede no ser viable en términos urbanísticos, técnicos o económicos o puede ser incompatible con el tipo de intervención o con el grado de protección del edificio, en estos casos podrán aplicarse, bajo criterio y responsabilidad del proyectista, medidas que permitan el mayor grado posible de adecuación en la reforma.

En resumen, el DB SI se aplica de manera específica según las circunstancias de cada reforma. La normativa busca garantizar que las reformas en edificios cumplan con los estándares de seguridad contra incendios, protegiendo así a las personas y los bienes. Siempre es importante consultar la legislación específica y trabajar con profesionales especializados al realizar reformas en edificios.

Publicado en Noticias

Los detectores iónicos de humo están aún presentes en muchas instalaciones de detección de incendios. Se calcula que al menos hay aún más de 2 millones de unidades instaladas. Al tener una fuente radiactiva en su composición, desde el Comité de Fabricantes de Detección de Incendios de TECNIFUEGO (Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios) se insta a su sustitución por otros detectores de tecnología más avanzada y libres de componentes radiactivos.

Los detectores iónicos que se han comercializado en España tienen como fuente radiactiva más habitual el Americio-241, que es un emisor alfa, por lo que su mayor riesgo radiactivo se derivaría de su posible inhalación o ingestión, no teniendo problemas de irradiación externa siempre que no se sometan a manipulaciones indebidas y/o no autorizadas.

Estos detectores, cuando permanecen como elementos activos, no suponen ningún riesgo para la salud pública, ya que su encapsulado ofrece una total garantía de contención de las radiaciones ionizantes que pudieran emitir, tal y como queda reflejado en el certificado de homologación que posee cada modelo de detector.

El problema surge cuando, debido a obras de remodelación, derribo o cualquier otra causa, estos detectores son extraídos de la instalación y depositados en almacenes sin control en los que no se garantice su integridad, y en los que no se impida que puedan ser manipulados de forma indebida o maliciosa. Estos detectores, una vez fuera de la instalación, pierden su homologación y tal y como indica su etiquetado, deben ser devueltos de forma inmediata al fabricante o gestionados por empresas autorizadas.

La fuente radiactiva que contienen los detectores iónicos debe ser extraída y gestionada adecuadamente. Es necesario, por lo tanto, que estos detectores sean diferenciados del resto de material eléctrico y electrónico en obra, evitando así que puedan ser enviados como residuo común a plantas de selección de residuos, en los que la ausencia de protocolos para la gestión de material radiactivo podría originar riesgo de contaminación ambiental o de personas.

Debido a la vida útil y al elemento radiactivo que incluyen, los detectores iónicos que aún están instalados deberían ser los primeros modelos en renovarse. Además, se tiene que poner especial atención en su adecuado desmantelamiento y en la gestión posterior obligatoriamente establecida por ley para estos aparatos.

Ante esta problemática y con el objetivo de favorecer la retirada ordenada de los detectores iónicos del mercado, TECNIFUEGO está en contacto con Meresis Gestión, una empresa especializada en el tratamiento de componentes radiactivos incluidos en los RAEEs y que dispone de la autorización del Consejo de Seguridad Nuclear y del acuerdo con ENRESA para su deshecho controlado.

Airfeu retirada detectores ionicos garantia tratamiento residuo radioactivo

Publicado en Noticias

El último documento elaborado por los miembros del Comité de Fabricantes de Productos de Protección Pasiva contra Incendios de TECNIFUEGO titulado “Fichas de Productos de Protección Pasiva contra Incendios” tiene como objetivo ayudar a los profesionales y usuarios del sector a conocer las soluciones disponibles y así poder optar por la más adecuada conforme a su configuración y a la normativa en vigor. El documento ha sido ampliado recientemente y ya está disponible en web la nueva versión.

Los sistemas o soluciones contra incendios incluidos en las fichas se agrupan en familias: 1. Protección estructural, 2. Productos y sistemas de sectorización frente a un incendio, 3. Productos para evitar la propagación del fuego.

Las soluciones de protección estructural contra el fuego son: pinturas reactivas, morteros y paneles rígidos y semirrígidos. Estos sistemas tienen como objeto la protección de la estructura portante ante un incendio ya sean elementos estructurales verticales o horizontales, en madera, acero, u hormigón en función de las características del producto.

En esta nota vamos a desarrollar el contenido de la Ficha “Las pinturas reactivas”, un producto especialmente formulado para proteger estructuras portantes frente al fuego.

Ficha Pinturas Reactivas. Descripción

Pinturas con propiedades de aislamiento térmico en caso incendio, especialmente diseñadas para la protección de elementos estructurales.

FUNCIONAMIENTO

Pinturas intumescentes: Son aquellas que bajo la acción de una temperatura muy elevada se hinchan, desarrollando una espuma aislante y protectora que al aumentar fuertemente su espesor aísla térmicamente al sustrato de la subida de temperatura producida por el fuego.

CERTIFICACIÓN DE LA CONFORMIDAD

· Marcado CE voluntario (vía Documento de Evaluación Europeo) EAD 350402-00-1106 “Reactive coatings for fire protection of steel elements”.

· Otros

NORMAS DE ENSAYO Y EVALUACIÓN

Para la protección de estructuras metálicas existen estas normas:

• UNE EN 13381-8 “Ensayos para determinar la contribución a la resistencia al fuego de los elementos estructurales. Parte 8: Protección reactiva aplicada a los elementos de acero.”

• UNE EN 13381-9 “Ensayos para determinar la contribución a la resistencia al fuego de los elementos estructurales. Parte 9: Sistemas de protección contra el fuego aplicados a vigas de acero con aberturas en el alma”

• UNE EN 13381-10 “Ensayos para determinar la contribución a la resistencia al fuego de los elementos estructurales. Parte 9: Protección aplicada a las barras de acero macizo en tensión”

Para la protección de estructuras de madera:

• UNE EN 13381-7 “Ensayos para determinar la contribución a la resistencia al fuego de los elementos estructurales. Parte 7: Protección aplicada a vigas de madera.”

Para la protección de estructuras de hormigón:

• UNE EN 13381-3 “Métodos de ensayo para determinar la contribución a la resistencia al fuego de elementos estructurales. Parte 3: Protección aplicada a elementos de hormigón.”

Para la protección de estructuras mixtas hormigón – chapa colaborante:

• UNE EN 13381-5 “Métodos de ensayo para determinar la contribución a la resistencia al fuego de elementos estructurales. Parte 5: Protección aplicada a elementos mixtos de hormigón/chapa de acero perfilada.”

EXIGENCIA REGLAMENTARIA

Las regulaciones nacionales que afectan son las siguientes: Código Técnico de la Edificación-Documento Básico de Seguridad contra Incendios (CTE DB-SI). Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales.

Desde R30 hasta R240 para diferentes tipologías

Estructuras metálicas:

Depende del factor de sección y temperatura crítica. Para aplicación de Eurocódigo.

Estructuras de madera:

Tiempo de inicio de carbonización, tiempo de fallo, velocidad de carbonización. Para aplicación de Eurocódigo.

Elementos de hormigón:

Espesor equivalente de hormigón (equivalencia de protección entre protección aplicada y protección que ofrece un espesor de hormigón normalizado). Para aplicación de Eurocódigo.

Este documento, de libre descarga y disponible en la web de TECNIFUEGO https://www.tecnifuego.org/index.php/publicaciones/guias, recapitula las soluciones existentes en protección pasiva contra incendios, los requisitos técnicos y la normativa aplicable. El objetivo de este documento es el de ayudar a los profesionales del sector a dimensionar edificaciones más seguras gracias a la protección pasiva, y junto con la protección activa, conseguir el objetivo de la Asociación “Víctimas Cero”.

airfeu producto proteccion pasiva pinturas reactivas

Publicado en Noticias