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INCENDIOS EN RESIDENCIAS: UNA LEGISLACIÓN OBSOLETA

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Las residencias son los edificios públicos en que más víctimas mortales por incendio se producen en España. El último incendio trágico ha ocurrido en la madrugada del pasado miércoles 13 de septiembre en una residencia de Siero (Asturias) con una nueva víctima mortal y al menos 27 heridos. En este artículo se proponen modificaciones legislativas para que se pueda garantizar la seguridad de nuestros mayores en estos edificios.

La protección contra incendios de las residencias es bastante mejorable y han de darse los pasos necesarios para ello. Se puede afirmar que no está garantizado el más básico principio de seguridad de que el edificio en que están alojados sea absolutamente seguro para los residentes y esté adecuadamente protegido para que un incendio no les afecte.

Esta afirmación puede parecer llamativa o sensacionalista pero los hechos son irrefutables.

Los últimos casos

La muerte de esta mujer de 76 años en una residencia de Asturias ha sido el último suceso de un rosario de incendios trágicos en residencias españolas, que sigue al fallecimiento este año de otra mujer de 53 años y varios intoxicados, en junio en Torrelodones (Madrid).

En los últimos años hemos sufrido varios de estos incendios entre los que destacan: el de enero del pasado año en Moncada (Valencia) con 9 víctimas mortales; el de 2015 en Zaragoza con otros nueve fallecimientos; y el de febrero de 2010 en que otras 7 personas fallecieron por la noche en una residencia de ancianos en Sevilla.

Y no solo ocurre en España. En 2023, en Milán, Italia, el 6 de julio, un incendio en la habitación de una residencia para mayores ha causado la muerte de seis personas entre 69 y 87 años y la intoxicación de varias decenas.

El día 9 del pasado mes de agosto en La Forge, Alsacia, las autoridades francesas informaron que habían recuperado los cuerpos de las 11 personas fallecidas en el incendio de una residencia de verano.

La culpa no es de quienes construyen y aprueban estos edificios, sino de la obsoleta legislación vigente que sigue criterios arquitectónicos de protección contra incendio de estos edificios, cuando se debería imponer un nuevo criterio de protección contra incendios en las residencias basado en la vulnerabilidad de los ocupantes.

Los actuales requisitos de la legislación tanto de protección contra incendios pasiva, como activa (Extintores portátiles, Columna seca, Bocas de Incendios equipadas (BIE), e instalaciones de detección y alarma) se han demostrado insuficientes para preservar la vida de los residentes en un incendio.

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¿Qué se debe legislar?

No sirven las actuales normas que clasifican la peligrosidad o riesgo de incendios en función de la actividad, la altura del edificio, la superficie o la carga de fuego. Lo que debe primar en primer lugar no ha de ser el riesgo intrínseco de la edificación en la evaluación del riesgo de incendio, sino la garantía absoluta de la protección de los ocupantes del edificio en función de su vulnerabilidad ante la ocurrencia de un incendio en cualquier parte del edificio.

Los legisladores de incendios tienen el deber de revisar la legislación y adaptarla para optimizar la protección que se ofrece a la sociedad. Esa obligación es irrenunciable y en este caso es URGENTE.

Es necesaria una legislación ad hoc, un nuevo capítulo o apéndice dentro del documento Básico de Seguridad de Incendios del Código Técnico de la Edificación, que ya tiene casi 20 años, que dé respuesta a esta necesidad de protección en caso de incendio en las residencias que ya ha sido suficientemente demostrada.

Lo que hace falta es que los responsables del Ministerio de Fomento den este importante paso y que las asociaciones del sector de protección contra incendios se atengan a sus declaraciones formales de perseguir la seguridad de los ciudadanos y presionen a las administraciones y a los gobiernos de las CCAA y autoridades municipales de incendios para que produzcan los cambios legislativos necesarios en sus normativas poniendo el foco en la protección de las personas.

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Una nueva legislación

El objetivo de la nueva legislación debe partir del principio de que la seguridad contra incendios ha de ser la protección de los ocupantes y usuarios, no de los edificios. En vez de edificios o locales, o espacios de riesgo especial, hay que hablar de personas, de ocupantes vulnerables.

Una nueva normativa tiene que considerar la detección de incendios obligatoria en todos los locales de las residencias de mayores, o personas que tienen imitada su movilidad. Y hay que dar el paso para exigir la extinción automática en todos los espacios sin excepción: una habitación de una residencia tiene que ser un santuario de la seguridad.

No es la fatalidad la que produce las muertes por incendios en las residencias sino una inadecuada protección contra incendios de los ocupantes.

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